No he pagado seguridad social antes de la edad de jubilación. ¿Puedo pagar 15?
Base jurídica: Artículo 2 del “Reglamento de Aplicación de la Ley del Seguro Social”.
Cuando una persona física participante en el seguro básico de pensión para empleados alcanza la edad legal de jubilación, si el pago acumulado es inferior a quince años, el pago puede ampliarse a quince años. Después de la implementación de la "Ley de Seguro Social", si el pago se extiende por cinco años pero aún es inferior a 15 años, el pago se puede realizar de una sola vez durante 15 años.
Artículo 3 del "Reglamento para la Aplicación de la Ley del Seguro Social"
Las personas que participan en el seguro básico de pensión para empleados han pagado menos de 15 años después de alcanzar la jubilación legal edad (incluido el pago extendido de conformidad con las disposiciones del artículo 2), puede solicitar la transferencia al nuevo seguro de pensión social rural o al seguro de pensión social para residentes urbanos en el lugar donde se encuentra el registro de su hogar, y disfrutar de los beneficios correspondientes del seguro de pensión. .