Red de conocimiento de divisas - Preguntas y respuestas sobre contabilidad - ¿Pueden las instituciones de investigación científica realizar actividades de inversión como acciones y fondos? ¿Tiene el país leyes y regulaciones claras?

¿Pueden las instituciones de investigación científica realizar actividades de inversión como acciones y fondos? ¿Tiene el país leyes y regulaciones claras?

1. Actualmente no existe una normativa clara al respecto.

2. Los departamentos de finanzas (oficinas) y las comisiones de ciencia y tecnología de todas las provincias, regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno Central y ciudades bajo planificación estatal separada, todos los ministerios y comisiones del Consejo de Estado, y todas las instituciones directamente afiliadas:

Para implementar la Orden No. 8 del Ministerio de Finanzas, se formularon las "Reglas financieras para instituciones científicas" para estandarizar aún más el comportamiento financiero de las instituciones científicas, fortalecer la gestión financiera y promover el desarrollo de empresas científicas. El Ministerio de Hacienda y la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología estudiaron y formularon conjuntamente el "Sistema Financiero de las Instituciones Científicas". Ahora se le ha emitido, por favor cumpla con él.

Sistema Financiero de las Instituciones de Investigación Científica

Capítulo 1 Principios Generales

Artículo 1 Con el fin de estandarizar el comportamiento financiero de las instituciones científicas, fortalecer la gestión financiera y mejorar la eficiencia en el uso de los fondos, Para promover el desarrollo de la ciencia y la tecnología, este sistema se formula de acuerdo con el "Sistema Financiero de las Instituciones Públicas".

Artículo 2 Este sistema se aplica a las instituciones de investigación científica de propiedad estatal que estén incluidas en el sistema de gestión financiera corporativa.

Artículo 3 Los principios básicos de la gestión financiera de las instituciones científicas son: implementar las leyes, reglamentos y normas y reglamentos financieros nacionales pertinentes; adherirse a la política de administrar una empresa con diligencia y frugalidad y manejar correctamente la relación entre las instituciones científicas; necesidades de desarrollo de la causa y el suministro de fondos, y social La relación entre beneficios y beneficios económicos, y la relación entre los intereses del país, las unidades y los individuos.

Artículo 4: La gestión financiera de las instituciones científicas es el núcleo de la gestión económica unitaria. Las principales tareas de la gestión financiera unitaria son: formular presupuestos unitarios razonables y asignar fondos científicamente de acuerdo con la ley; ahorrar gastos; establecer y mejorar las normas y reglamentos financieros que regulan el orden económico interno; fortalecer la contabilidad económica para mejorar la eficiencia del uso de los fondos para evitar la pérdida de activos de propiedad estatal; predecir, controlar y supervisar las actividades económicas de la unidad.

Artículo 5 Las actividades financieras de la unidad serán gestionadas por el departamento financiero de la unidad bajo la dirección del responsable de la unidad.

Capítulo 2 Gestión del Presupuesto Unitario

Artículo 6 El presupuesto de una institución científica es el plan anual de ingresos y gastos financieros elaborado por la institución con base en su plan de desarrollo de carrera y sus tareas.

Artículo 7: El Estado adopta medidas de gestión presupuestaria para las instituciones científicas, como vivir dentro de sus posibilidades, proporcionar subsidios fijos o fijos, no compensar gastos excesivos y retener excedentes.

El Estado implementa subsidios de monto fijo o de monto fijo para unidades en función del plan de desarrollo de las empresas científicas y tecnológicas, las características de las instituciones científicas, el estado de los ingresos y gastos financieros, las tareas científicas y tecnológicas nacionales. y la posibilidad de adoptar políticas fiscales y medidas de gestión de recursos financieros a nivel nacional.

(1) Las unidades dedicadas principalmente a la investigación teórica, la investigación básica y la investigación de bienestar social, así como las unidades con funciones de servicio y gestión nacional, recibirán subsidios de cantidad fija o de cantidad fija.

(2) Para las unidades dedicadas principalmente a la investigación de desarrollo tecnológico y a los servicios científicos y tecnológicos, se implementará un subsidio fijo, y el subsidio fijo podrá ser cero.

Artículo 8: Un pequeño número de instituciones científicas cuyos ingresos por subvenciones no financieras excedan sus gastos pueden utilizar los ingresos a cambio de una tarifa. Las medidas específicas serán formuladas por el departamento financiero en colaboración con el departamento financiero competente.

Artículo 9 Elaboración del Presupuesto Contenido

El presupuesto de una institución científica se compone de un presupuesto de ingresos y un presupuesto de gastos. El presupuesto de ingresos incluye ingresos por subsidios fiscales, ingresos por subsidios superiores, ingresos comerciales, ingresos operativos, ingresos de unidades afiliadas y otros ingresos. El presupuesto de gastos incluye gastos comerciales, gastos operativos, gastos de construcción de capital recaudados por ellos mismos, gastos de subsidio para unidades afiliadas y gastos de rotación. El presupuesto unitario debe reflejar plenamente los ingresos y gastos de la unidad.

Artículo 10 Requisitos de preparación del presupuesto

Bajo los auspicios del responsable de la institución científica, el departamento financiero, junto con otros departamentos comerciales relevantes, se referirá a la ejecución presupuestaria de el año anterior y preparar los ingresos anuales de acuerdo con el presupuesto Calcular y preparar un presupuesto de ingresos sumando o restando factores y medidas calcular y preparar un presupuesto de gastos en función de las necesidades de desarrollo profesional y de recursos financieros; El presupuesto de ingresos y gastos debe adherirse a los principios de determinar los gastos en función de los ingresos, equilibrar los ingresos y gastos, hacer arreglos generales y garantizar los puntos clave. Las unidades no pueden preparar presupuestos deficitarios.

Artículo 11 Procedimientos de preparación y aprobación del presupuesto

Las instituciones científicas propondrán propuestas presupuestarias basadas en sus planes de desarrollo profesional, que serán revisadas y resumidas por el departamento financiero competente y presentadas al consejo financiero. departamento para su aprobación (presupuesto de primer nivel. La unidad reporta directamente al departamento financiero, lo mismo a continuación). Las unidades prepararán presupuestos unitarios basados ​​en las cifras de control presupuestario emitidas por el departamento financiero, que serán resumidas por el departamento financiero y presentadas al departamento financiero para su revisión y aprobación antes de su implementación.

Artículo 12 Ajuste presupuestario

Durante el proceso de implementación del presupuesto de las instituciones científicas, el estado generalmente no ajusta los ingresos por subsidios fiscales ni los fondos extrapresupuestarios asignados de cuentas fiscales especiales. Cuando haya ajustes importantes al plan de negocios emitido por los superiores, o cuando los gastos aumenten o disminuyan de acuerdo con las políticas nacionales relevantes, que tienen un mayor impacto en la ejecución presupuestaria, la unidad podrá informar los ajustes presupuestarios al departamento de finanzas o al departamento de finanzas. Si es necesario aumentar o disminuir los ingresos restantes, la unidad los ajustará por su cuenta y lo informará al departamento financiero competente y al departamento financiero para su archivo.

Después de ajustar el presupuesto de ingresos de la unidad, el presupuesto de gastos debe aumentarse o disminuirse en consecuencia.

Capítulo 3 Gestión de Ingresos

Artículo 13 Los ingresos son los fondos no reembolsables obtenidos por las instituciones científicas al realizar negocios y otras actividades de conformidad con la ley. Incluyendo:

(1) Ingresos por subsidios fiscales, es decir, fondos corporativos obtenidos por la unidad del departamento financiero.

(2) Ingreso por subsidio superior, es decir, el ingreso por subsidio no financiero que la unidad obtiene del departamento financiero y de las unidades superiores.

(3) Ingresos empresariales, es decir, los ingresos que obtiene la unidad por la realización de actividades empresariales profesionales y actividades auxiliares, incluyendo: fondos presupuestarios que deben ser entregados al tesoro nacional de acuerdo con la normativa nacional y fondos extrapresupuestarios que deben transferirse a la cuenta financiera especial, no incluidos en los ingresos comerciales transferidos desde la cuenta financiera especial y algunos fondos extrapresupuestarios aprobados que no han sido transferidos a la cuenta financiera especial; para la gestión se incluirán en los ingresos de explotación.

(4) Ingresos de explotación, es decir, los ingresos obtenidos por la unidad de actividades de producción y operación que no se contabilizan de forma independiente excepto las actividades empresariales profesionales y las actividades auxiliares.

(5) Los ingresos generados por las unidades afiliadas, es decir, los ingresos generados por las unidades de producción, operación y servicio de las unidades afiliadas de acuerdo con las regulaciones pertinentes.

(6) ¿Deben evaluarse otros ingresos, es decir, los ingresos de la unidad distintos de los previstos anteriormente? ⑹? Donaciones, ingresos por donaciones, indemnización por daños y perjuicios cobrados, etc.

Artículo 14 Los ingresos comerciales de las instituciones científicas incluyen:

(1) Los ingresos por investigación científica, es decir, los ingresos obtenidos por la unidad que realiza proyectos (temas) de investigación científica al aceptar la encomienda para desarrollar prototipos de muestra.

(2) Ingresos técnicos, es decir, los ingresos que obtiene la unidad por brindar transferencia de tecnología, consultoría técnica, servicios técnicos, capacitación técnica y contratación de tecnología.

1? Ingresos por transferencia de tecnología, es decir, los ingresos obtenidos por unidades por la transferencia remunerada de patentes, derechos de autor, tecnologías no patentadas y otros logros científicos y tecnológicos.

2? Ingresos por consultoría técnica, es decir, los ingresos que obtiene la unidad por proporcionar información profesional, estudios de viabilidad, demostraciones técnicas y económicas y otros servicios intelectuales.

3. Ingresos por servicios técnicos, es decir, los ingresos que obtiene la unidad por la prestación de servicios técnicos profesionales como diseño técnico, preparación, análisis y pruebas de procesos, fórmula estándar, aprobación de normas, análisis y pruebas, fotografía. y dibujo.

4? Ingresos por formación técnica, es decir, ingresos por orientación técnica y formación profesional del personal profesional y técnico encomendado por la unidad.

5. Los ingresos por contratación de tecnología se refieren a los ingresos provenientes de proyectos de contratación de tecnología en proyectos contratados por unidades y proyectos de digestión y absorción en introducción de tecnología.

(3) Ingresos por actividades académicas, que son los ingresos que obtiene la unidad por intercambios académicos, publicación de revistas académicas y otras actividades.

(4) Ingresos por actividades de divulgación científica, es decir, los ingresos que obtiene la unidad por la realización de actividades de promoción del conocimiento científico, conferencias y exposiciones de ciencia y tecnología.

(5) Ingresos de producción de prueba, es decir, los ingresos obtenidos por las unidades dedicadas a la producción de prueba de productos de prueba intermedios. ? Los cinco ingresos de las instituciones científicas mencionados anteriormente pertenecen a fondos extrapresupuestarios asignados por la cuenta financiera especial y a fondos extrapresupuestarios aprobados por el departamento financiero pero no transferidos a la cuenta financiera especial para su gestión. Como ingresos extrapresupuestarios de la unidad, se incluyen en los ingresos comerciales y se reflejan en el estado detallado de ingresos y gastos de fondos extrapresupuestarios.

Artículo 15 Los ingresos operativos de las instituciones científicas incluyen:

(1) Ingresos por ventas de productos (materias primas), es decir, los ingresos de la unidad por ventas de productos terminados y en lotes (excluidos los de prueba). productos) e Ingresos por venta de bienes.

(2) Ingresos por servicios operativos, es decir, los ingresos que obtiene la unidad por la prestación de servicios operativos como catering, alojamiento, transporte, etc.

(3) Ingresos por contratación de proyectos, es decir, los ingresos obtenidos por las unidades que contratan proyectos de construcción, instalación y mantenimiento.

(4) Rentas por alquiler, es decir, rentas obtenidas por arrendar o prestar equipos, casas, locales, etc. temporalmente inactivos.

(5) Otros ingresos de explotación, es decir, los ingresos de explotación obtenidos por la unidad además de los ingresos antes mencionados.

Artículo 16 Requisitos de gestión de ingresos para instituciones científicas

(1) Los ingresos de la organización unitaria deben cumplir estrictamente con las políticas y regulaciones nacionales, y las diversas fuentes de ingresos deben ser razonables y legales. .

(2) Las unidades deben implementar estrictamente el rango de carga y los estándares estipulados por el estado. Los ajustes al alcance y los estándares de las tarifas deben informarse a los departamentos pertinentes para su aprobación de acuerdo con los procedimientos prescritos.

(3) Las unidades deben utilizar billetes impresos uniformemente por los departamentos de finanzas e impuestos de acuerdo con las regulaciones.

(4) La unidad debe fortalecer la gestión de cuentas y todos los ingresos deben registrarse a tiempo para evitar la pérdida de ingresos.

(5) Todos los ingresos de la unidad deben incluirse en el presupuesto de la unidad y contabilizarse y gestionarse de manera uniforme.

Capítulo 4 Gestión de gastos y costos

Artículo 17 El gasto se refiere al consumo de capital y las pérdidas incurridas por las instituciones científicas en la realización de negocios y otras actividades. Incluyendo:

(1) Los gastos comerciales, es decir, los gastos incurridos por la unidad para realizar actividades comerciales y auxiliares profesionales, se dividen en salarios básicos, salarios complementarios, otros salarios, honorarios de bienestar de los empleados, gastos sociales honorarios de seguridad, asignaciones y servicios oficiales según sus fines, gastos comerciales, gastos de compra de equipos, gastos de reparación y otros gastos.

(2) Los gastos de funcionamiento, es decir, los gastos en que incurre la unidad en el desarrollo de actividades empresariales que no se contabilizan de forma independiente además de sus actividades profesionales y auxiliares, se dividen en salarios básicos, complementarios salarios, otros salarios y salarios de los empleados según su finalidad. Tasas de asistencia social, tasas de seguridad social, gastos oficiales, gastos comerciales, tasas de compra de equipos, tasas de reparación y otros gastos.

(3) Gastos de capital en construcción autoobtenidos, es decir, la unidad utiliza fondos distintos de los ingresos de subsidios fiscales para organizar gastos de capital en construcción autoobtenidos. Cuando una unidad organiza la construcción de capital con fondos propios, primero debe confirmar la fuente de los fondos y presentarla a los departamentos pertinentes para su inclusión en el plan de construcción de capital de acuerdo con la autoridad de aprobación. Las unidades deben hacer arreglos generales para los gastos de construcción de capital autofinanciados sobre la base de garantizar las necesidades de gastos normales y mantener el equilibrio presupuestario normal, y presentarlos al departamento competente y al departamento financiero para su aprobación. Los fondos de capital para construcción autoobtenidos aprobados se incluirán en la gestión financiera de capital para construcción.

(4) Subsidiar los gastos de la unidad afiliada, es decir, la unidad utiliza ingresos distintos de los ingresos del subsidio fiscal para subsidiar los gastos incurridos por la unidad afiliada.

(5) Transferir los gastos a los superiores, es decir, las unidades que implementen medidas de transferencia de ingresos deberán transferirlos a las unidades superiores de acuerdo con la cuota o proporción prescrita.

Artículo 18 Los gastos incurridos por las instituciones científicas durante el mismo período se dividirán en gastos comerciales y cuentas relacionadas con gastos operativos según sus fines. Si no se puede recaudar directamente, se debe asignar razonablemente entre las cuentas relacionadas con gastos comerciales y gastos operativos.

Los gastos operativos deben coincidir con los ingresos operativos.

Artículo 19 Los fondos especiales obtenidos por instituciones científicas del departamento financiero y del departamento financiero competente que tengan proyectos y propósitos designados y requieran contabilidad separada se contabilizarán en libros contables unificados y se contabilizarán de acuerdo con realizar los gastos e informar el uso de los fondos especiales al departamento financiero y al departamento financiero competente periódicamente según sea necesario después de la finalización del proyecto, un informe escrito sobre las cuentas finales y los efectos del uso de los fondos especiales; debe ser presentado y aceptado para su inspección y aceptación por parte del departamento financiero y del departamento financiero competente.

Artículo 20 Con el fin de fortalecer la gestión del gasto, las instituciones de investigación científica y otras unidades calificadas dedicadas principalmente a la investigación aplicada al desarrollo y a los servicios científicos y tecnológicos podrán, con base en la actividad profesional y sus actividades auxiliares, las actividades productivas y empresariales y Gestión económica, Implementar métodos de gestión de costos internos de acuerdo con las necesidades reales.

Artículo 21 Las instituciones de investigación científica que implementen métodos internos de gestión de costos deberán utilizar laboratorios de investigación, departamentos comerciales y grupos de investigación como unidades contables, y sujetos, proyectos y productos de investigación científica como objetos contables básicos, y realizar operaciones multinivel. Contabilidad de costos. Los costos y gastos se dividen en:

(1) Gastos directos, es decir, los materiales consumidos directamente por la unidad en el proceso de investigación y producción científica, salarios pagados y otros gastos directos incurridos. Los gastos directos se incluyen directamente en el coste de los proyectos, proyectos y productos de investigación científica.

(2) Gastos indirectos, es decir, los gastos incurridos por diversos laboratorios de investigación, departamentos comerciales, talleres y otros departamentos dentro de la unidad para organizar y gestionar las actividades de investigación y producción científica. Los costos indirectos se asignan según una determinada proporción y se incluyen en los costos de diversos temas, proyectos y productos.

(3) Gastos del período, es decir, los gastos administrativos, gastos de ventas y gastos financieros incurridos por el departamento administrativo de la unidad para organizar y gestionar la investigación científica, la producción y las actividades comerciales.

Los gastos del período están incluidos en el saldo actual.

Artículo 22: Las fábricas experimentales, talleres piloto y otros departamentos de producción y operación de instituciones científicas implementarán contabilidad independiente y se referirán a los sistemas financieros de empresas de industrias iguales o similares. Si la empresa no tiene las condiciones para una contabilidad independiente debido a su pequeña escala o a sus pesadas tareas de investigación, pruebas y desarrollo científicos, debe implementar métodos internos de gestión de costos.

Artículo 23 Con el fin de garantizar la unidad e integridad del sistema de gestión financiera de las instituciones nacionales, los costos y gastos de las instituciones científicas que implementen medidas internas de gestión de costos y gastos se clasificarán en unidades de negocios de acuerdo con el propósito del gasto en las cuentas relacionadas con la producción para gastos y gastos de operación.

Artículo 24 Requisitos para la gestión de gastos y costos de las instituciones científicas

(1) El alcance y los estándares de los gastos unitarios y los gastos de costos se implementarán estrictamente de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Si no existe una regulación unificada por parte del estado, la unidad la estipulará por su cuenta y la informará al departamento financiero competente y al departamento financiero para su archivo. Si las regulaciones de la unidad violan las leyes y políticas nacionales, el departamento financiero competente y el departamento financiero le ordenarán que haga correcciones.

(2) La unidad organizará los gastos de acuerdo con los requisitos de la gestión de fondos.

(3) Las unidades deberán informar los gastos basándose en sucesos reales.

Capítulo 5 Saldos y Distribución

Artículo 25 El saldo es el saldo de los ingresos y gastos anuales de las instituciones científicas.

Artículo 26 El saldo de las instituciones científicas (excluido el saldo de los fondos extrapresupuestarios transferidos), excepto los fondos especiales arrastrados al año siguiente y continuados utilizándose de acuerdo con las regulaciones, puede ser retirado del fondo de bienestar de los empleados de acuerdo con las regulaciones, y el resto puede usarse como fondos públicos para compensar el saldo futuro de ingresos y gastos de la unidad. Si el estado tiene otras regulaciones, dichas regulaciones prevalecerán.

El saldo de ingresos y gastos de explotación de las instituciones científicas deberá reflejarse por separado. El saldo de ingresos y gastos de operación se utilizará primero para compensar las pérdidas de ingresos y gastos de operación del año anterior de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes, y el fondo de transformación de logros científicos y tecnológicos se retirará de acuerdo con las regulaciones, y el el resto se transferirá al saldo unitario.

Capítulo 6 Gestión de Fondos Especiales

Artículo 27 Los fondos especiales son fondos para fines especiales que son retirados o establecidos por instituciones científicas de conformidad con la reglamentación. Incluyendo:

(1) Fondo de reparación y compra, es decir, la unidad retira una cierta proporción de los ingresos comerciales y los ingresos no operativos, y enumera los gastos en gastos de reparación y gastos de compra de equipos (50% en cada columna), y otros gastos según otros gastos se estipula que se traslade al mantenimiento y adquisición de activos fijos.

(2) Fondo de bienestar de los empleados, que se utiliza para instalaciones de bienestar colectivo y beneficios de bienestar colectivo para los empleados de acuerdo con una cierta proporción del saldo y de acuerdo con otras regulaciones.

(3) Los fondos médicos, es decir, las unidades que no están incluidas en el alcance de la atención médica pública nacional, deberán retirar los fondos utilizados directamente para la atención médica pública de los empleados de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la atención médica pública. .

(4) Fondos para la transformación de logros científicos y tecnológicos, es decir, los fondos retirados por la unidad de acuerdo con una cierta proporción de los ingresos comerciales, enumerados en los gastos comerciales y extraídos del saldo comercial. Los ingresos y gastos se utilizan para la transformación de los logros científicos y tecnológicos.

(5) Otros fondos, es decir, fondos retirados o establecidos por unidades de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.

Artículo 28: Si el Estado tiene regulaciones unificadas sobre la tasa de retiro y métodos de administración de fondos especiales, se implementarán de acuerdo con las regulaciones unificadas, si no existen regulaciones unificadas, serán determinadas por; el departamento financiero en conjunto con el departamento financiero.

Capítulo 7 Gestión de Activos

Artículo 29 Los activos son recursos económicos que poseen o utilizan instituciones científicas y pueden medirse en moneda, incluidas propiedades, reclamaciones y otros derechos.

Artículo 30 El patrimonio de las instituciones científicas incluye los activos circulantes, los activos fijos, los activos intangibles y las inversiones externas.

Artículo 31 Los activos corrientes se refieren a los activos que una institución de investigación científica puede realizar o consumir en el plazo de un año, incluidos el efectivo, los depósitos diversos, las cuentas por cobrar y los pagos anticipados, el inventario, los proyectos de investigación y la producción en curso.

El inventario se refiere a los activos almacenados por la unidad para su venta o consumo en sus actividades comerciales y otras actividades, incluidos productos terminados y materiales diversos, combustible, embalajes, consumibles de bajo valor, etc.

Las unidades deben fortalecer la gestión de los activos corrientes, establecer y mejorar los sistemas de gestión interna de efectivo y depósitos diversos; liquidar las cuentas por cobrar y los pagos anticipados de manera oportuna; verificar el inventario de manera regular o irregular para garantizar que las cuentas sean consistentes. Si hay escasez, desguace o daño, las razones deben identificarse a tiempo y tratarse de acuerdo con las regulaciones. De acuerdo con los requisitos del contrato o el progreso de su finalización, los proyectos en investigación y los productos en producción se liquidan o avanzan de manera oportuna.

Artículo 32 Los activos fijos se refieren a equipos generales con un valor unitario superior a 500 yuanes y equipos especiales con un valor unitario superior a 800 yuanes, con una vida útil de más de un año y que básicamente mantienen su condición original. durante el uso. Activos en forma física. Aunque el valor unitario no cumple con los estándares prescritos, una gran cantidad de materiales similares con una durabilidad superior a un año se gestionan como activos fijos.

Los activos fijos se dividen generalmente en seis categorías: casas y edificios; equipo especial; especímenes, reliquias culturales, exhibiciones y libros y otros activos fijos;

El departamento financiero competente podrá formular un catálogo detallado de diversos tipos de activos fijos en función de las condiciones específicas de este sistema.

Artículo 33 Las instituciones científicas designarán organismos especializados o personal dedicado a la gestión de activos fijos. Antes de fin de año, deberán realizar un inventario integral para garantizar que las cuentas, objetos y tarjetas sean consistentes, y los activos fijos con superávit o déficit deben ser tratados oportunamente de acuerdo con las regulaciones.

Artículo 34: Los activos fijos desguazados y transferidos por instituciones científicas serán generalmente cancelados después de la aprobación del responsable de la unidad. El desguace y la transferencia de equipos grandes, de precisión o valiosos serán evaluados por los departamentos pertinentes y comunicados al departamento financiero competente, al departamento de gestión de activos estatales y al departamento financiero para su aprobación.

Artículo 35 Los activos intangibles se refieren a activos propiedad de instituciones de investigación científica que no tienen forma física pero que pueden otorgar ciertos derechos a la unidad, incluidos derechos de patente, derechos de marca registrada, derechos de autor, derechos de uso de la tierra y derechos no patentados. tecnologías, fondo de comercio y otros derechos de propiedad.

Las unidades deberían reforzar la protección de los activos intangibles. Cuando una entidad transfiera la propiedad o derechos de uso de activos intangibles, deberá evaluar los activos de acuerdo con la reglamentación, y los ingresos obtenidos se incluirán en los ingresos comerciales, salvo que el Estado estipule lo contrario. Los gastos incurridos por la unidad en la adquisición de activos intangibles se incluyen en gastos no operativos. ? Artículo 36 La inversión externa se refiere a la inversión de instituciones de investigación científica en otras unidades con fondos monetarios, objetos físicos y activos intangibles. La inversión en el extranjero de una entidad se presentará al departamento financiero competente, al departamento de gestión de activos estatales y al departamento financiero para su aprobación de conformidad con las regulaciones nacionales. La inversión extranjera debe someterse a suficientes demostraciones técnicas y económicas, adherirse al principio de retorno de la inversión y garantizar el mantenimiento y la valorización de los activos de propiedad estatal. Las unidades que utilicen activos físicos y activos intangibles para inversión externa deberán realizar evaluaciones de activos de acuerdo con la reglamentación. ?

Artículo 37: Las inversiones que las instituciones de investigación científica requieran para obtener rendimientos de unidades extranjeras se utilizarán para constituir entidades económicas con personalidad jurídica, y se firmará un acuerdo o contrato de inversión de conformidad con las normas nacionales pertinentes para aclarar las responsabilidades, derechos e intereses del inversionista, receptor entre financiadores y operadores. ?

Capítulo 8 ¿Gestión de la deuda?

Artículo 38 Los pasivos son deudas que pueden medirse en moneda y deben reembolsarse con activos o servicios. incluir:? (1) Los fondos prestados se refieren a los fondos que la unidad toma prestados del departamento financiero, unidades superiores, instituciones financieras y otras unidades para llevar a cabo diversas actividades. ? (2) Pago por adelantado del contrato, es decir, el monto pagado por adelantado de acuerdo con las disposiciones del contrato para los contratos de investigación científica y producción de ensayos y otros contratos económicos firmados por la unidad con los departamentos nacionales pertinentes y las unidades extranjeras. Incluyendo fondos de contratos especiales del gobierno, fondos de contratos encomendados y otros fondos de contratos. ? (3) Cuentas por pagar, es decir, los montos a pagar por la unidad de acuerdo con las regulaciones y requisitos pero temporalmente impagos. ? (4) Fondos temporales, es decir, fondos recibidos por la unidad de otras unidades o individuos para su custodia o cuya naturaleza aún no ha sido determinada. ? (5) El monto a pagar, es decir, el monto que la unidad debe pagar según reglamentación. Incluyendo los fondos que deben transferirse al presupuesto fiscal y los fondos extrapresupuestarios que deben transferirse a la cuenta fiscal especial, los impuestos y otros fondos pagaderos. ?

Artículo 39 Las instituciones científicas realizarán una gestión reservada de pasivos de distinta naturaleza y distintos plazos. Los préstamos deben reembolsarse a tiempo; los pagos anticipados del contrato deben transferirse rápidamente a los ingresos una vez finalizado el contrato o la cuota; todos los impuestos y tasas pagaderos deben calcularse y pagarse de conformidad con las leyes y regulaciones nacionales.

Capítulo 9 Liquidación Financiera

Artículo 40 Cuando una institución de investigación científica se transfiera o fusione, sus bienes, créditos y deudas se liquidarán de conformidad con la reglamentación.

Artículo 41 Cuando una institución científica lleve a cabo una liquidación financiera, deberá establecer una agencia de liquidación financiera bajo la supervisión y orientación del departamento financiero competente, el departamento financiero y el departamento de gestión de activos estatales. La agencia de liquidación financiera formulará un plan de liquidación, llevará a cabo una liquidación integral de los bienes, reclamaciones y deudas de la unidad, preparará un catálogo de propiedades y una lista de deudas, presentará las bases para la valoración de la propiedad y opiniones sobre el manejo de reclamaciones y deudas. y hacer preparativos para la entrega, recepción y transferencia de activos de propiedad estatal.

Artículo 42: Una vez presentados los dictámenes de liquidación financiera al departamento financiero competente para su revisión y aprobación, el departamento de administración de activos estatales, el departamento financiero y la agencia de liquidación financiera manejarán adecuadamente los asuntos restantes. de la unidad.

Artículo 43 Después de la liquidación financiera de una institución científica, después de la revisión por parte del departamento financiero competente y la aprobación del departamento de gestión de activos estatales y el departamento financiero, los activos se enajenarán de acuerdo con lo siguiente métodos:

( 1) Debido a cambios en la afiliación, todos los activos unitarios transferidos desde el establecimiento se transferirán sin cargo y los fondos corporativos se transferirán en consecuencia.

(2) Para una unidad que se convierte en gestión corporativa, todos sus activos se convertirán en capital estatal después de deducir los pasivos.

(3) Todos los activos de una unidad cancelada serán verificados por el departamento financiero y el departamento financiero.

(4) Para la unidad fusionada, todos los activos se transferirán a la unidad receptora o a la unidad recién formada, y los activos estatales restantes después de la fusión estarán sujetos a la aprobación y disposición de la departamento financiero competente y el departamento financiero.

Capítulo 10 Informes Financieros y Análisis Financiero

Artículo 44 Los informes financieros son documentos escritos que resumen el estado financiero y los resultados operativos de las instituciones científicas durante un período de tiempo determinado. Los informes financieros reflejan de manera centralizada y completa la implementación y el ajuste de los presupuestos unitarios, así como la implementación de los sistemas financieros y las disciplinas financieras, y son una base importante para que el país formule políticas de ciencia y tecnología. Las unidades proporcionarán informes financieros a los departamentos financieros competentes y a los departamentos financieros y otros usuarios de informes relevantes de forma regular de acuerdo con las regulaciones.

Artículo 45 El informe financiero anual de una institución científica incluirá un balance, un estado de ingresos y gastos, los cuadros pertinentes y los estados financieros. Los estados financieros describen principalmente los ingresos y gastos, saldos y distribuciones de la unidad, cambios en activos y pasivos, el impacto de los cambios en los ingresos y gastos financieros en investigación y desarrollo científicos, asuntos que tienen un impacto significativo en el estado financiero del actual o próximo. período, la implementación de planes financieros de ingresos y gastos, y Otros asuntos que necesitan explicación.

Las unidades prepararán informes financieros periódicamente de acuerdo con el formato unificado y los requisitos estipulados por el departamento financiero y el departamento financiero competente.

Artículo 46 El contenido del análisis financiero de las instituciones científicas incluye la ejecución presupuestaria, la utilización de los activos y el estado de los gastos.

Los indicadores del análisis financiero incluyen: tasa de autosuficiencia de fondos, proporción de gastos de personal con respecto al gasto público, relación activo-pasivo, tasa de finalización del plan de ingresos, tasa de crecimiento de los ingresos totales, tasa de crecimiento de los ingresos empresariales, plan de gastos tasa de finalización, proyectos especiales Tasa de crecimiento del capital. Las unidades pueden agregar indicadores de análisis financiero basados ​​en las características del negocio.

Capítulo 2 XI Disposiciones complementarias

Artículo 47 La gestión financiera de las inversiones de capital en construcción en instituciones científicas se gestionará de conformidad con las normas nacionales pertinentes.

Artículo 48 La Asociación China para la Ciencia y la Tecnología y las instituciones públicas afiliadas a las asociaciones locales de ciencia y tecnología implementan este sistema; las instituciones de investigación científica no estatales pueden referirse a este sistema.

Artículo 49: Las siguientes instituciones científicas implementarán los "Principios Generales de las Finanzas Corporativas" y los sistemas financieros corporativos de la misma o similar industria, pero no implementarán este sistema:

(1) Instituciones de investigación científica económicamente calificadas aprobadas por el departamento financiero competente y el departamento financiero.

(2) Unidades de producción y operación con contabilidad independiente afiliadas a instituciones científicas.

Artículo 50: El sistema financiero de las unidades de investigación científica militar se formulará separadamente y este sistema no se implementará.

Artículo 51 Las instituciones públicas científicas podrán formular reglamentos específicos con base en el Reglamento Financiero de las Instituciones Públicas y las disposiciones de este sistema, combinados con sus propias condiciones reales, y presentarlos al departamento competente para su archivo.

Artículo 52 Corresponde a la interpretación de este sistema al Ministerio de Hacienda y a la Comisión Estatal de Ciencia y Tecnología.

Artículo 53 Este sistema entrará en vigor a partir del mes de junio de 1997 65438 + 1 de octubre. Si las normas anteriores fueran incompatibles con este sistema, prevalecerá este sistema.

25 de marzo de 1997

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