¿El subsidio de maternidad lo proporciona el empleador o la seguridad social?
Base legal: El artículo 5 de las “Disposiciones Especiales sobre Protección Laboral de las Empleadas” estipula que los empleadores no reducirán los salarios de las empleadas, ni las despedirán, ni rescindirán sus contratos laborales o laborales por motivo de embarazo, parto o lactancia.
El artículo 8 del "Reglamento especial sobre protección laboral de las empleadas" durante la licencia de maternidad será pagado por el fondo del seguro de maternidad de acuerdo con el salario mensual promedio de las empleadas en el año anterior si no participan; en el seguro de maternidad, el subsidio de maternidad será pagado por el empleador. El pago se basará en el salario de la empleada antes de la licencia de maternidad. Los gastos médicos de las empleadas que den a luz o aborten serán pagados por la caja del seguro de maternidad de conformidad con los elementos y normas estipulados en el seguro de maternidad. Si no participa en el seguro de maternidad, el empleador lo pagará.