Principios básicos de la Organización Mundial del Comercio
El principio de reciprocidad, también conocido como principio de reciprocidad, es uno de los principios más importantes de la OMC. Significa que dos miembros se dan un trato preferencial en el comercio internacional. Establece las posiciones básicas que los estados miembros deben adoptar en las negociaciones arancelarias y comerciales, y qué tipo de relaciones comerciales deben establecerse entre ellos.
El principio de reciprocidad en la OMC se refleja principalmente de las siguientes formas:
Primero, a través de negociaciones comerciales multilaterales, reducción de aranceles o medidas no arancelarias, apertura de mercados internos a otros miembros. en pie de igualdad y proporcionando productos nacionales o servicios ingresando al mercado de otros miembros para buscar oportunidades, lo que se conoce como "beneficios recíprocos".
En segundo lugar, cuando un país o región solicita unirse a la OMC, dado que los nuevos miembros pueden disfrutar del trato preferencial del mercado abierto que todos los antiguos miembros han logrado en el pasado, los antiguos miembros exigirán unánimemente al nuevo los miembros deben pagar "tarifas de entrada". "tarifa de mercado": apertura del mercado para bienes o servicios del país solicitante de conformidad con los acuerdos y acuerdos existentes de la OMC.
En tercer lugar, el comercio recíproco es la principal herramienta para que un miembro alcance la cooperación económica y comercial con otros miembros en negociaciones comerciales multilaterales y liberalización del comercio. La historia del GATT y de la OMC demuestra plenamente que los beneficios de la liberalización comercial multilateral para un miembro son mucho mayores que los beneficios de la liberalización comercial unilateral de un país. Porque cuando un país decide unilateralmente liberalizar el comercio de bienes arancelarios y no arancelarios y abrir su mercado de servicios, los beneficios que obtiene dependen principalmente de la reacción de otros socios comerciales ante esta reforma de liberalización. Si la respuesta es buena, dará descuentos a otros lugares, lo que será un gran beneficio, de lo contrario será menor; Por el contrario, bajo el sistema de la OMC, dado que la liberalización comercial de un miembro se lleva a cabo dentro del alcance de obtener el compromiso de los miembros existentes de abrir el mercado, los beneficios reales que aportan tales reformas de liberalización comercial están naturalmente garantizados por el mecanismo de la OMC. en lugar de los beneficios de la liberalización comercial unilateral o bilateral. Por lo tanto, la liberalización comercial multilateral es mejor que la liberalización comercial unilateral, especialmente para países en desarrollo como China.
Principio de Transparencia
El principio de transparencia significa que los miembros de la OMC deben anunciar las medidas comerciales formuladas e implementadas y sus cambios, y no se implementarán medidas no anunciadas. Al mismo tiempo, también deberían informar a la OMC de estas medidas y cambios comerciales. Además, los acuerdos internacionales que afectan las políticas comerciales internacionales en las que los miembros son partes contratantes también deberían anunciarse y notificarse con prontitud a la OMC.
El principio de transparencia es un principio importante de la OMC y se refleja en los principales acuerdos y acuerdos de la OMC. Según este principio, los miembros de la OMC deben declarar la implementación efectiva de las políticas y regulaciones comerciales existentes:
(1) Regulaciones aduaneras. Es decir, regulaciones aduaneras sobre métodos de clasificación y valoración de productos, tasas arancelarias aduaneras y otras tarifas aplicadas a bienes importados y exportados;
(2) Leyes y regulaciones administrativas relacionadas con la gestión de importaciones y exportaciones;
(3) Impuestos, regulaciones y normas nacionales sobre productos de importación y exportación;
(4) Leyes y reglamentos sobre inspección y cuarentena de productos de importación y exportación;
(5 ) Importación Regulaciones generales sobre el manejo de divisas de bienes exportados y su pago;
(6) Legislación y regulaciones sobre la utilización de la inversión extranjera;
(7) Leyes de protección de la propiedad intelectual y regulaciones;
(8) Leyes y regulaciones sobre zonas francas, zonas francas, zonas comerciales fronterizas y zonas económicas especiales;
(9) Leyes y regulaciones sobre el comercio de servicios;
(10) Cláusulas de arbitraje;
(11) Acuerdos bilaterales o multilaterales existentes y acuerdos firmados por los gobiernos miembros y sus agencias que afectan las políticas comerciales
( 12) Otra legislación o administración interna que afecte la norma de comportamiento comercial.
El principio de transparencia estipula que todos los miembros deben implementar las leyes, reglamentos, sentencias y decisiones relevantes antes mencionadas de manera justa, razonable y uniforme. La uniformidad requiere que las leyes y regulaciones relevantes que rigen el comercio dentro de los estados miembros no deben ser tratadas de manera diferente, es decir, el gobierno central promulga políticas y regulaciones relevantes de manera uniforme, y las regulaciones promulgadas por los gobiernos locales sobre los asuntos anteriores no deben entrar en conflicto con el gobierno central. . Sin embargo, quedan excluidas las regiones administrativas especiales y los gobiernos locales autorizados por el gobierno central. La justicia y la racionalidad exigen que los miembros apliquen el principio de no discriminación en la aplicación de leyes y reglamentos.
El principio de transparencia también estipula que ante la necesidad de inspeccionar y corregir las actuaciones administrativas aduaneras, cada miembro está obligado a mantener o establecer instituciones y procedimientos judiciales, arbitrales o administrativos a la mayor brevedad posible. Dichos tribunales o procedimientos son independientes del organismo responsable de la ejecución administrativa. Excepto que el importador pueda apelar ante un tribunal u organismo superior dentro del plazo de apelación prescrito, el laudo será ejecutado por dicho organismo.
El principio de transparencia juega un papel muy importante para lograr un comercio y una competencia justos.
Principios de acceso a los mercados
Los principios de acceso a los mercados de la Organización Mundial del Comercio son claros y están en evolución. Su objetivo es exigir a los países que abran sus mercados de manera planificada, paso a paso y por etapas para lograr la máxima liberalización comercial. Los principales contenidos de los principios de acceso a los mercados incluyen la protección y concesiones arancelarias, la eliminación de restricciones cuantitativas y el principio de transparencia. La OMC aboga por la eventual eliminación de todas las barreras comerciales, incluidas las arancelarias y no arancelarias. Aunque las barreras arancelarias siguen siendo un medio de protección legal permitido por la OMC, el nivel de los aranceles definitivamente ha disminuido.
Principios para promover la competencia leal
La Organización Mundial del Comercio no permite que los países participen en competencia desleal mediante prácticas comerciales desleales. En particular, prohíbe la exportación de bienes en forma de. dumping y subsidios, e impone sanciones al dumping. Se han adoptado disposiciones claras sobre subsidios y subsidios, y se han formulado medidas de implementación específicas y detalladas. La Organización Mundial del Comercio aboga por la competencia leal a través de medios de comercio justo.
El principio de desarrollo económico
También conocido como el principio de fomentar el desarrollo económico y la reforma económica, este principio tiene como objetivo ayudar y promover el rápido desarrollo económico de los países en desarrollo. Está formulado para países en desarrollo y países económicamente integrados. Es un trato preferencial especial otorgado a estos países. Por ejemplo, la cláusula de "ayuda gubernamental al desarrollo económico" que permite a los países en desarrollo implementar restricciones a las importaciones o aumentar los aranceles dentro de un cierto rango. países desarrollados a Las "Cláusulas de Comercio y Desarrollo" bajo las cuales los países asumen obligaciones unilaterales y los países en desarrollo disfrutan de ciertos beneficios especiales sin cargo, y establecen que los países desarrollados los otorgarán a los países en desarrollo y.
No discriminación
Este principio incluye dos aspectos, uno es el trato de nación más favorecida y el otro es el trato nacional. En general, los miembros no pueden discriminar a sus socios comerciales; el trato preferencial otorgado a un miembro también debe otorgarse a otros miembros. Este es el estatus de nación más favorecida. Este principio es tan importante que ocupa el primer lugar en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, el segundo en el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios y el cuarto en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio. Por lo tanto, el trato NMF se aplica a las tres áreas del comercio en la OMC. El trato nacional significa que los bienes, servicios y propiedad intelectual extranjeros deben recibir el mismo trato que los bienes, servicios y propiedad intelectual locales. El objetivo fundamental del trato de nación más favorecida es garantizar que otras partes contratantes distintas de China puedan competir en pie de igualdad con empresas de otros países en sus mercados internos. El principio de no discriminación es la piedra angular de la Organización Mundial del Comercio, un medio importante para evitar la discriminación y las fricciones comerciales, y una garantía importante para lograr la igualdad comercial entre los países.
1. El principio de trato de nación más favorecida: Un miembro otorgará trato preferencial a cualquier otro país en los ámbitos del comercio de bienes, servicios y derechos de propiedad intelectual, y se lo otorgará inmediata e incondicionalmente a otros miembros.
Puntos clave: a. Automatismo - inmediato e incondicional; b. Identidad - los beneficiarios deben ser los mismos - tanto el beneficiario como el donante, asumiendo obligaciones y disfrutando de derechos al mismo tiempo; d. Universalidad - Aplicable a todo tipo de propietarios y titulares de propiedad intelectual en todos los productos importados y exportados, el comercio de servicios y todos los sectores.
Excepciones: a. Acuerdos económicos regionales en forma de uniones aduaneras y áreas de libre comercio, que son más favorables que el trato de nación más favorecida en estas áreas, y los miembros de la OMC fuera del área no tienen derecho a recibirlo. disfrutar de un trato especial y diferenciado para los miembros en desarrollo, como el Sistema Generalizado de Preferencias; c. Dar a los países vecinos más facilidades comerciales en el comercio fronterizo; d. En el campo de los derechos de propiedad intelectual, permitir a los miembros disfrutar de los derechos en; Acuerdos internacionales generales sobre asistencia jurídica mutua Mantener excepciones.
2. El principio de trato nacional: el trato otorgado a los productos, servicios y proveedores de servicios y a los propietarios y titulares de derechos de propiedad intelectual de otros miembros no es menos favorable que el otorgado a productos, servicios y servicios nacionales similares. Proveedores y conocimientos Tratamientos que disfrutan los propietarios y poseedores de derechos de propiedad.
Puntos: a. Los objetos aplicables son productos, servicios y prestadores de servicios y propietarios y titulares de derechos de propiedad intelectual. Sin embargo, el ámbito de aplicación, las normas específicas y la importancia de las disposiciones de trato nacional varían según las condiciones. en estos campos los beneficiarios específicos varían; b. El trato que disfrutan los productos, servicios y proveedores de servicios, así como los propietarios y titulares de propiedad intelectual, se refiere únicamente a los productos y servicios; de otros miembros y proveedores de servicios y propietarios y titulares de derechos de propiedad intelectual gozarán del mismo trato que los miembros importadores de productos similares, servicios idénticos y proveedores de servicios, y propietarios y titulares de derechos de propiedad intelectual. Si el miembro importador otorga un trato superior al primero, no viola el principio de trato nacional.