¿Cuál es la edad máxima para cotizar a la seguridad social?
Para los asegurados por primera vez, el límite superior de edad asegurada es superior a 60 años para los hombres, superior a 50 años para las empleadas y superior a 55 años para los cuadros. Quienes excedan estas condiciones no podrán ser asegurados.
Por supuesto, este es sólo un límite de edad teórico. En la práctica, nadie sería tan tonto como para jubilarse antes de contratar un seguro. Esto se debe a que nuestra política de jubilación actual exige contribuciones acumulativas durante 15 años antes de que los empleados puedan disfrutar de los beneficios de pensión. Si contratamos un seguro por primera vez a esta edad, definitivamente será demasiado dinero. Para quienes no están asegurados por primera vez, no existe un límite de edad máximo para contratar la seguridad social. Si no se jubila a la edad de jubilación legal y desea seguir pagando la seguridad social, puede seguir pagando. No hay límite de edad.
Algunos empleados quieren seguir trabajando para la empresa cuando llegan a la edad de jubilación, pero la empresa no puede continuar la relación laboral en forma de reempleo después de la jubilación, y el salario de reempleo y el salario de jubilación. No son tan buenos como los ingresos mensuales actuales, por lo que si no se jubilan por el momento, la empresa seguirá pagando la seguridad social por ellos. Mientras no se jubile, aún puede pagar la seguridad social como de costumbre cuando llegue a la edad de jubilación.
También hay algunos internautas que son como los anteriores. Cuando llegan a la edad legal de jubilación, la pensión no les alcanza para cubrir 15 años, por lo que necesitan seguir cotizando a la seguridad social durante un período determinado hasta 15 años después de cumplir la edad de jubilación, por lo que este grupo de personas no está sujeto hasta el límite de edad de jubilación.
No existe límite de edad máxima para quienes se quedan sin seguro por primera vez.
Por lo tanto, la edad máxima para contratar la seguridad social no siempre es una edad de jubilación uniforme.
Base jurídica: Artículo 2 de las Medidas Provisionales del Consejo de Estado sobre Jubilaciones y Dimisiones de Trabajadores, Trabajadores de Empresas e Instituciones Públicas, Agencias del Partido y del Gobierno y Organizaciones de Masas de propiedad de todo el pueblo: p>
(1) Hombres y mayores de 60 años, mujeres mayores de 50 años, y que hayan trabajado continuamente durante diez años bajo tierra, a gran altura, con altas temperaturas, particularmente trabajos manuales pesados u otros trabajos nocivos para la salud; p>
(3) Los hombres deben tener más de cincuenta años y las mujeres tener más de cuarenta y cinco años y haber trabajado de manera continua durante diez años o más. Luego de ser certificado por el hospital y confirmado por el Comité de Evaluación Laboral, jubilación. está permitido.