Hola, quisiera preguntar si una casa con hipoteca antes del matrimonio se certifica ante notario como propiedad conjunta de la pareja.
Base Legal
Artículo 1065: El marido y la mujer convienen en el régimen de propiedad. Tanto hombres como mujeres pueden acordar que los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes antes del matrimonio serán de propiedad separada o conjunta, o podrán ser de propiedad parcial por separado y parcialmente de propiedad conjunta. El acuerdo debe ser por escrito. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se estará a lo dispuesto en los artículos 1062 y 1063 de esta Ley.
El acuerdo entre marido y mujer sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes antes del matrimonio es jurídicamente vinculante para ambas partes.
El marido y la mujer acuerdan que los bienes adquiridos durante el matrimonio serán propiedad del otro. Si la otra parte tiene conocimiento de este acuerdo, los bienes muebles de uno de los cónyuges se utilizarán para pagar las deudas. adeudado por el otro cónyuge.
Artículo 658: Derecho del donante de revocación arbitraria y sus restricciones: El donante podrá revocar la donación antes de que se transfiera el derecho sobre los bienes donados.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no se aplicará a los contratos de donación notariados ni a los contratos de donación que sean de bienestar público o de obligación moral, tales como socorro en casos de desastre, alivio de la pobreza y asistencia a discapacitados y sean irrevocables en conforme a la ley.
Artículo 153: La validez de los actos jurídicos civiles que violen las normas imperativas y el orden público y las buenas costumbres. Son nulos los actos jurídicos civiles que violen las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos. Sin embargo, las disposiciones imperativas no invalidan los actos jurídicos civiles excepto aquellos. Son nulas las acciones judiciales civiles que atenten contra el orden público y las buenas costumbres.