¿Cuál es el delito de falsificación de contratos laborales?
1. La nulidad de un contrato de trabajo será confirmada por el Comité de Arbitraje de Conflictos Laborales o el Tribunal Popular. Existen varias causas de nulidad:
1. El objeto del contrato es incondicional. El empleado proporciona calificaciones académicas, títulos, certificados de calificaciones profesionales y técnicas falsos, y la unidad empleadora no tiene calificaciones de contratación, etc.
2. El contenido del contrato es ilícito, es decir, el contrato de trabajo viola leyes, reglamentos y buenas costumbres, o perjudica los intereses públicos nacionales y sociales. Como la fabricación de metanfetamina, moneda falsificada, etc. Los contratos de trabajo que contienen contenido ilegal no están protegidos por la ley.
3. El significado no es cierto. Un contrato laboral es producto del consenso alcanzado por ambas partes y debe ser una verdadera expresión de las intenciones de las partes. Contratos de trabajo celebrados mediante fraude, amenazas, etc. Va en contra de la verdadera intención de una de las partes, por lo que no es válido.
4. El formato del contrato es ilegal. Esto significa que el contrato de trabajo no está por escrito, las partes no han cumplido efectivamente las obligaciones principales, o no ha sido autenticado el contrato de trabajo que debe ser legalizado según la ley o a solicitud de las partes. En términos generales, siempre que las partes tomen medidas correctivas para legalizar formalmente el contrato, el contrato puede considerarse válido.
2. ¿Cuáles son los criterios para interponer una causa por el delito de falsificación de contrato?
1. Firmar un contrato a nombre de una unidad ficticia u otra persona
2. Utilizar billetes falsificados, alterados o inválidos u otros certificados de derechos de propiedad falsos
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3. Sin la capacidad real de cumplir, primero ejecute un pequeño contrato o parte del contrato para engañar a la otra parte para que continúe firmando y ejecutando el contrato;
4. , dinero, pago por adelantado o propiedad garantizada de la otra parte y luego escapar;
5.
3. ¿Cómo compensar los contratos laborales falsificados?
La compensación del empleador por contratos laborales falsificados es la siguiente:
1. Si el contrato laboral es falsificado, es necesario averiguar por qué la empresa lo falsificó. Si sus intereses se ven perjudicados, se recomienda el arbitraje laboral.
2. Si la empresa no puede proporcionarle un contrato laboral firmado personalmente y la empresa no realiza el trabajo firmado con usted, la empresa le pagará el doble de su salario;
3. Traiga su mano de obra con usted Para proporcionar evidencia de la relación, presente una queja por escrito a la oficina local de trabajo y seguridad social y solicite el contrato firmado.
En resumen, la falsificación de contratos laborales puede implicar delitos como falsificación de sellos oficiales, fraude y perjurio, que deben juzgarse en función de la situación real. La falsificación de un contrato laboral es un delito de perjurio y el castigo depende de las circunstancias específicas del caso. Si constituye un delito, se podrá perseguir la responsabilidad penal por perjurio.
Base jurídica:
Artículo 224 de la “Ley Penal de la República Popular China”
Cualquiera de las siguientes circunstancias constituirá delito de fraude contractual con el propósito de posesión ilegal, en el proceso de firma y ejecución de un contrato, quien defraude a la otra parte de la propiedad, y el monto sea relativamente grande, será condenado a pena de prisión de no más de tres años o prisión penal. , y se le impondrá también o únicamente multa si la cuantía es elevada o concurre otras circunstancias graves, se le impondrá una pena no menor de tres años y diez años. También se le impondrá la siguiente pena de prisión de duración determinada, además de multa; si la cantidad es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, la pena será de prisión fija no inferior a diez años o cadena perpetua, y además será multa o confiscación de bienes:
( 1) Usar una unidad ficticia o firmar un contrato a nombre de otra persona;
(2) usar letras falsificadas, alteradas, inválidas u otros certificados de derechos de propiedad falsos para hipotecas;
(3) ejecutar un primer contrato por una pequeña cantidad o ejecutar parcialmente el contrato, engañando a la otra parte para que continúe firmando y ejecutando el contrato sin la capacidad real de ejecutarlo;
(4) Después de recibir el pago, anticipe pago o propiedad garantizada de la otra parte;
(5) Usar otros medios para defraudar a la otra parte de la propiedad.
Artículo 280
El delito de falsificación, alteración y compraventa de documentos, certificados y sellos oficiales de órganos del Estado; el delito de sustracción, hurto y destrucción de documentos oficiales, certificados y sellos de órganos del Estado; el delito de falsificación, alteración. El que compre, venda, hurte, hurte o destruya documentos, certificados o sellos oficiales de organismos del Estado, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años; detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también será multado si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de diez años, y también será multado; Sanciones.
El delito de falsificación de sellos de empresa, institución pública u organización popular, será sancionado con pena de prisión determinada. prisión no mayor de tres años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también será multado.
Falsificar, alterar o comprar y vender documentos de identidad. Cualquier persona que falsifique, altere o venda cédulas de identidad de residente, pasaportes, tarjetas de seguro social, licencias de conducir y otros documentos que puedan servir para acreditar la identidad. a la ley será sancionado con pena fija de prisión no mayor a tres años, prisión preventiva, control o privación de derechos políticos, y además será multado si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad de duración determinada; no menor de tres años ni mayor de siete años, y también será multado.