Sin beneficios y con enormes costes publicitarios, ¿cómo puede una empresa llevar cuentas?
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A menos que si las autoridades competentes especifican lo contrario, los honorarios elegibles de publicidad y promoción comercial incurridos por una empresa se deducirán si no exceden el 15% de los ingresos por ventas (comerciales) del año en curso; se permitirá que el exceso se traslade y se deduzca en el futuro; años fiscales.
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Los gastos de publicidad de una empresa son gastos comerciales normales y pueden contabilizarse con sinceridad No tiene nada que ver con si hay ganancia o no, porque ésta La base de deducción de un gasto es el ingreso de explotación. Si supera el límite del 15%, el exceso se puede deducir en ejercicios posteriores.