¿Son legales las instituciones de seguridad social?
Las declaraciones a la Seguridad Social están sujetas a gestión centralizada. Las empresas de apertura y pago de cuentas bancarias deben ser personas jurídicas, es decir, personas jurídicas que hayan establecido relaciones laborales de hecho con sus empleados. Si firma un contrato laboral con una empresa, los pagos de la seguridad social también deben realizarse en nombre de la empresa. En la actualidad, muchas empresas autorizan a terceros a utilizar cuentas de seguridad social de terceros para realizar pagos de seguridad social, lo que es incompatible con las leyes y reglamentos.
La inscripción en el seguro social está sujeta a gestión territorial, y la unidad de apertura y pago de la cuenta es el empleador, es decir, el empleador que establece una relación laboral con el empleado.
Si el contrato laboral se firma con la empresa, el seguro social también debe pagarse a nombre de la empresa. En la actualidad, muchas empresas confían a terceros el uso de cuentas de seguridad social de terceros para pagar las cuotas de la seguridad social, lo que no cumple con las normas legales. De acuerdo con las disposiciones pertinentes de la "Ley Laboral" y la "Ley de Seguro Social" de mi país, el empleador deberá pagar el seguro social a sus empleados después de establecer una relación laboral.
Base jurídica:
Artículo 57 de la "Ley del Seguro Social": El empleador deberá, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de constitución, presentar una licencia comercial, certificado de registro o sello de empresa. al local La agencia de seguro social solicita el registro del seguro social. La agencia de seguro social examinará la solicitud dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción y expedirá un certificado de registro de seguro social. Si se modifican los elementos del registro del seguro social del empleador o se despide al empleador de conformidad con la ley, deberá acudir a la agencia del seguro social para gestionar los cambios o cancelar el registro del seguro social dentro de los 30 días a partir de la fecha del cambio o la terminación. Los departamentos de supervisión y administración del mercado, los departamentos de asuntos civiles y los organismos de gestión de establecimientos institucionales informarán con prontitud a las agencias de seguridad social sobre el establecimiento y despido del empleador, y los órganos de seguridad pública informarán con prontitud al seguro social sobre el nacimiento, la muerte, el registro del hogar y la migración del individuo. y cancelación.