¿Qué grupos están involucrados en fusiones y adquisiciones corporativas?
En fusiones y adquisiciones, los intermediarios involucrados generalmente incluyen asesores financieros independientes de las empresas que cotizan en bolsa, bufetes de abogados, firmas de contabilidad, agencias de tasación de activos, asesores financieros del adquirente (cuando sea necesario) y otros intermediarios.
¿Quién debería contratar un intermediario para ambas partes de la fusión y adquisición?
(1) Los asesores financieros independientes generalmente son empleados por empresas que cotizan en bolsa o sus juntas directivas o comités especiales dependientes de la junta directiva.
Por ejemplo, para una reorganización importante de activos, de acuerdo con las "Medidas administrativas para la reorganización importante de activos de empresas que cotizan en bolsa", las empresas que cotizan en bolsa deben contratar consultores financieros independientes, bufetes de abogados, empresas de contabilidad con calificaciones relevantes en negocios de valores y otros agencias de servicios de valores.
Emitir opiniones sobre reorganizaciones patrimoniales importantes. Si el precio de las transacciones de activos se basa en los resultados de la tasación de activos, la empresa que cotiza en bolsa deberá contratar una agencia de tasación de activos con las calificaciones comerciales de valores pertinentes para emitir un informe de tasación de activos.
En una oferta pública de adquisición, de acuerdo con las "Medidas para la administración de adquisiciones de empresas cotizadas", el consejo de administración de la empresa adquirida deberá investigar las calificaciones del sujeto, la solvencia y la intención de adquisición del adquirente, analizar los términos de la oferta y determinar si los accionistas la aceptan para hacer recomendaciones y contratar a un asesor financiero independiente para que brinde asesoramiento profesional.
(2) En determinadas circunstancias, los consejeros independientes de sociedades cotizadas pueden o deben contratar por separado asesores financieros independientes.
Aunque según los “Dictamenes Orientadores sobre el Establecimiento de un Sistema de Consejeros Independientes en las Sociedades Cotizadas” “los costes de contratación de intermediarios y demás gastos necesarios para el ejercicio de las facultades de los consejeros independientes serán a cargo de la sociedad cotizada” , los directores independientes contratados por directores independientes Existen diferencias en los puestos entre los asesores financieros y los asesores financieros independientes contratados directamente por las empresas cotizadas.
Por ejemplo, según las "Medidas administrativas para la reorganización importante de activos de empresas cotizadas", si una reorganización importante de activos constituye una transacción relacionada, los directores independientes pueden contratar a un consultor financiero independiente para que exprese opiniones sobre el impacto de esta transacción sobre accionistas no relacionados de la empresa que cotiza en bolsa De acuerdo con las "Medidas para la administración de adquisiciones de empresas que cotizan en bolsa", antes de que los directores independientes expresen opiniones, deben contratar asesores financieros independientes para expresar opiniones profesionales sobre asuntos de adquisiciones, y las opiniones; La designación de directores independientes y asesores financieros independientes debe anunciarse conjuntamente.
(3) En la adquisición de una empresa que cotiza en bolsa, el asesor financiero (del adquirente) es designado por el adquirente.
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Las "Medidas Administrativas para la Adquisición de Empresas Cotizadas" estipulan que al adquirir una empresa que cotiza en bolsa, el adquirente deberá contratar una agencia especializada registrada en China con calificaciones para participar en actividades financieras. negocio de asesoría para servir como asesor financiero. Si el adquirente no contrata a un consultor financiero de conformidad con las disposiciones de estas Medidas, no adquirirá una empresa que cotiza en bolsa; las "Medidas para la administración de adquisiciones de empresas que cotizan en bolsa" también estipulan que si el adquirente solicita la exención, deberá hacerlo; contratar un despacho de abogados y otras instituciones profesionales para emitir opiniones profesionales.
(4) En la adquisición de sociedades cotizadas se podrán contratar otras instituciones profesionales.
En la adquisición de sociedades cotizadas, según las “Medidas Administrativas para Adquisiciones de Sociedades Cotizadas”
Para el desempeño de sus funciones, los asesores financieros pueden contratar otras instituciones profesionales que les ayuden al verificar al adquirente, pero deben emitir juicios independientes basados en la información proporcionada y revelada por el adquirente.