Normas de contabilidad para empresas comerciales: tratamiento contable de los acreedores en la reestructuración de deuda
10. Si se utilizan activos no monetarios para pagar deudas, el acreedor utilizará el valor contable de los créditos reestructurados como valor contable de los activos no monetarios transferidos.
Si la reorganización mencionada anteriormente involucra múltiples activos no monetarios, el acreedor asignará el valor en libros de los reclamos reestructurados de acuerdo con la proporción del valor razonable de cada activo no monetario con respecto al valor razonable total. de los activos no monetarios para determinar la proporción de cada activo no monetario Valor en libros de los activos en efectivo.
11. Cuando la deuda se convierta en capital para cancelar deuda, el acreedor deberá utilizar el valor en libros de los derechos del acreedor reestructurado como valor en libros del patrimonio transferido.
En la reorganización mencionada anteriormente, si hay varias acciones involucradas, los acreedores deben asignar el valor en libros de los reclamos reorganizados de acuerdo con la proporción del valor razonable de cada acción con respecto al valor razonable total de la acción a determinar el valor de entrada de cada acción.
12. Si la reestructuración de la deuda se realiza modificando otras condiciones de la deuda, y el valor en libros de los derechos del acreedor reestructurado es mayor que el monto futuro a cobrar, el acreedor amortizará el valor en libros de los derechos del acreedor reestructurado. derechos sobre el monto por cobrar futuro y el monto de reducción. Se reconoce como una pérdida para el período actual si el valor en libros de los derechos del acreedor reestructurado es igual o menor que el monto por cobrar en el futuro, el acreedor no realizará contabilidad; tratamiento.
Si los términos de deuda revisados involucran ingresos contingentes, el acreedor no incluirá los ingresos contingentes en cuentas por cobrar futuras; cuando se reciba el ingreso contingente, se tratará como ingreso del período actual.
13. Si se utiliza un método de reorganización híbrido para reestructurar la deuda, el acreedor deberá manejar las siguientes situaciones respectivamente:
(1) Si la deuda se cancela mediante una combinación de efectivo. y activos distintos del efectivo, el acreedor deberá compensar el valor contable de los créditos reestructurados primero con el efectivo recibido y luego tratarlo de conformidad con el artículo 10.
(2) Si la deuda se liquida mediante la conversión de efectivo, activos no monetarios y deuda en una combinación de capital, el acreedor primero compensará el valor en libros del crédito reestructurado con el efectivo recibido, y luego agregue el valor en libros del reclamo reestructurado al El saldo del valor menos el efectivo recibido se asigna en función de la proporción del valor razonable de los activos no monetarios y el patrimonio transferidos al valor razonable total para determinar el valor en libros del activos no monetarios y patrimonio.
En la citada reorganización, si se trata de múltiples activos no dinerarios y patrimonio, el valor de entrada se calculará y determinará conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10. , Párrafo 2 y Artículo 11, Párrafo 2 respectivamente procesados dentro del alcance.
(3) Si una parte de la deuda se paga mediante una combinación de efectivo, activos no monetarios y capitalización de deuda, y la otra parte de la deuda se reorganiza modificando otras condiciones de la deuda, el acreedor deberá primero cumplir con el artículo 13 (2) Se estipula que el saldo después de deducir el efectivo recibido del valor en libros de los créditos reestructurados se tratará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.