Durante la liquidación por quiebra de una empresa, la diferencia entre el monto de la deuda por cobrar recuperada y su valor en libros debe incluirse en la cuenta contable ().
Cuando una empresa en quiebra recupera créditos por cobrar, debe debitar "efectivo", "depósitos bancarios" y otras cuentas según el monto recuperado, y acreditar los activos relacionados según el valor en libros de los créditos por cobrar. o inversiones por cobrar, debitar o acreditar la cuenta “Ganancias y Pérdidas Netas por Enajenación de Activos” según la diferencia. La opción B es correcta.