Sospecho que hay un problema fiscal con la empresa, pero no hay pruebas sustanciales. ¿Puedo denunciarlo de forma anónima?
No, todo debe basarse en pruebas. Pruebas requeridas por el denunciante: nombre del denunciante, razón social, dirección de la empresa. La evidencia objetiva de violaciones tributarias incluye comprobantes contables, declaraciones de impuestos, estados contables financieros y otra información tributaria, acuerdos contractuales, facturas, recibos, etc. , se aceptan fotocopias de los originales. El artículo 9 del Capítulo 2 de las "Medidas para la administración de la denuncia de infracciones tributarias" establece que el alcance de las denuncias aceptadas por el centro de denuncia es: sospecha de evasión fiscal, evasión de recuperación de atrasos fiscales, fraude fiscal, facturas falsas, falsificación, provisión ilegal, adquisición ilegal de facturas y otras infracciones tributarias.