El inmueble ha sido hipotecado en el banco, ¿aún puede ser objeto de preservación judicial?
Base jurídica: El párrafo 1 del artículo 127 de la "Ley de Procedimiento Civil" estipula: "Después de que el Tribunal Popular acepte el caso, si las partes tienen objeciones a la competencia, deberán plantearlas durante la presentación de la defensa. Tribunal Popular El tribunal revisará la objeción planteada por las partes. Si la objeción es fundada, ordenará que el caso sea transferido al tribunal popular competente; si la objeción no es fundada, decidirá desestimarla; .”
El inmueble hipotecado podrá solicitar judicialmente su preservación en litigio.
Base legal: El artículo 102 de las "Opiniones del Tribunal Popular Supremo sobre la aplicación de varias cuestiones" estipula que "el Tribunal Popular puede tomar medidas de preservación de la propiedad contra hipotecas y gravámenes, pero el acreedor hipotecario y los derechos de gravamen Las personas tienen prioridad a la hora de recibir una compensación”.