Cuando una institución pública arrienda activos fijos para financiarlos y paga alquileres, las partidas contables que deben registrarse son ().
Cuando una institución pública arrienda activos fijos mediante financiación, se debita la cuenta de "activos fijos" y se acredita a la cuenta de "otras cuentas por pagar" cuando se paga el alquiler, se debita la cuenta de gastos correspondiente y; "Cuenta "Fondo Fijo", debitando la cuenta "Otras Cuentas por Pagar" y acreditando la cuenta "Depósitos Bancarios".