La casa es de * * *, ¿mi parte personal puede ser hipotecada?
Análisis Legal
Que se pueda hipotecar depende principalmente de si es * * * en propiedad o * * * con * * *. Una hipoteca es válida si se contrapone a la parte de la propiedad propiedad de * * *. * * * y * * * alguien hipoteca su * * * propiedad, y la hipoteca no es válida sin el consentimiento de otras * * * personas. Sin embargo, si otras * * * personas saben o debieran saber pero no ponen objeción, se considerará consentimiento y la hipoteca será válida.
Recomendación personal
Al utilizar * * * préstamos hipotecarios inmobiliarios, si * * * todos los bienes inmuebles se establecen como hipoteca, el préstamo debe hipotecarse con todo el patrimonio del prestatario; * * * y * * Todas las hipotecas sobre bienes inmuebles estarán hipotecadas sobre el inmueble. Si fuese necesario liquidar el bien hipotecado, el otro * * * responderá solidariamente. Por lo tanto, antes de decidir si contratar una hipoteca, lo mejor es tener un conocimiento exhaustivo de los préstamos hipotecarios. De lo contrario, podría causar daños a su propiedad personal.
Base Legal
Derecho Civil
Artículo 298* * * Algunas personas gozarán de la propiedad de * * * todos los bienes inmuebles o muebles según sus participaciones .
Artículo 305 El derecho de disposición del propietario sobre acciones y el derecho de preferencia de otros propietarios pueden transmitirse según la participación del propietario en los bienes inmuebles o muebles. Las demás * * * personas tienen derecho de preferencia en las mismas condiciones.
Artículo 399: No estarán hipotecadas las siguientes propiedades:
(1) Propiedad de la tierra;
(2) Hacienda, terreno particular, cerro particular, etc. Derechos de uso de la tierra de propiedad colectiva, excepto aquellos que puedan ser hipotecados según la ley;
(3) Instalaciones educativas, instalaciones médicas y de salud y otras personas jurídicas sin fines de lucro establecidas con fines de bienestar público, como escuelas, jardines de infancia, instituciones médicas, etc. Instalaciones de bienestar público;
(4) Propiedades cuya propiedad y derechos de uso se desconocen o están en disputa;
(5) Propiedades que han sido selladas, detenidos o bajo vigilancia de conformidad con la ley;
(6) Otros bienes que no estén permitidos para ser hipotecados según las leyes y reglamentos administrativos.