Tengo un cliente en Argentina que dijo que necesita que le proporcione la siguiente información para el despacho de aduana de las mercancías:
Nueva normativa de Aduanas de Argentina (del 03-05-2010), el conocimiento de embarque para todas las mercancías importadas debe incluir el siguiente contenido:
1. N° CUIT del consignatario (Número de Identificación Individual del Contribuyente) a) Este número deberá aparecer después del nombre y dirección del consignatario en el conocimiento de embarque. -Si el destinatario está "A PEDIDO", no es necesario mostrar este número en el conocimiento de embarque. Este número debe proporcionarse a la aduana local después de que se determine el destinatario final. -Si el destinatario es una persona física fuera de Argentina, deberá constar en el conocimiento de embarque el número de pasaporte del destinatario. -Si el destinatario es una persona física local en Argentina, deberá exhibir el CUIL (Número de Identificación del Trabajador) o CDI (Código Nacional de Identificación). b) Si la mercancía transita en Argentina, no es necesario proporcionar el N° CUIT c) Si la mercancía es carga en tránsito en Argentina, no es necesario proporcionar el N° CUIT, pero los términos del transbordo deben constar en la factura de embarque, como por ejemplo "CARGA EN TRÁNSITO A XXX". 2. La columna del nombre del producto del conocimiento de embarque debe mostrar el número NCM de seis dígitos correspondiente al nombre del producto. Este número debe ser coherente con el CÓDIGO H.S. a) Si hay más de un nombre de producto, se mostrará el NCM del producto con mayor cantidad. b) Si el conocimiento de embarque se emite con múltiples HOUSE BILL, la columna de nombre del producto debe mostrar "CARGA CONSOLIDADA" y no es necesario mostrar el No. NCM.