El monto de una sola transacción en el negocio de divisas de la institución de pago.
Antes de realizar negocios de divisas, las instituciones de pago deberán gestionar el registro de empresas con ingresos y pagos de divisas para el comercio (en lo sucesivo denominado registro de catálogo) de conformidad con estas Medidas.
1. Las "Medidas" estipulan que, en principio, el monto de una sola transacción en el negocio de divisas de una institución de pago no excederá el equivalente a 50.000 dólares estadounidenses. Si existe una demanda genuina y legítima de exceder el límite, la institución de pago deberá solicitar el cambio de registro a la sucursal en el lugar de registro de acuerdo con las regulaciones.
2. Las "Medidas" señalan que las instituciones de pago deben llegar a un acuerdo previo con los participantes del mercado sobre el precio del tipo de cambio, las tarifas de gestión, el tiempo de compensación, las ganancias y pérdidas cambiarias, etc. Las instituciones de pago indicarán claramente las cotizaciones de los tipos de cambio proporcionadas por los bancos cooperativos a las entidades de transacciones de mercado, no ajustarán las cotizaciones de los tipos de cambio sin autorización y no obtendrán beneficios ilegales de las diferencias de tipos de cambio.
3. En términos de recopilación y presentación de información, las "Medidas" exigen que las instituciones de pago proporcionen información sobre compras o liquidaciones de divisas transacción por transacción a través de bancos cooperativos de acuerdo con el tipo de cambio vigente. Normas de liquidación y gestión de ventas. Los bancos cooperativos deberán informar de conformidad con la normativa vigente. Enviar informes estadísticos sobre liquidación y ventas de divisas. Para la liquidación y venta de divisas en cuentas personales, el banco cooperativo deberá, basándose en los datos de la institución de pago, resumir las diferentes monedas y naturalezas de transacción de una sola transacción de menos de 500 dólares estadounidenses (inclusive) dentro de 1 día hábil (t 1) Después de realizar la liquidación y venta de divisas, ingrese al sistema comercial personal de divisas uno por uno en nombre de la institución de pago e ingrese al sistema comercial personal de divisas para una sola transacción de más de 500 dólares estadounidenses. La liquidación y venta de divisas individuales en el marco del negocio de divisas de las instituciones de pago no están incluidas en la cuota anual de liquidación y conveniencia de ventas de divisas del individuo.
4. Las "Medidas" también exigen que las entidades de pago informen a las sucursales del lugar el importe de los cobros y pagos de divisas de los clientes, el número de transacciones, el saldo de las reservas de divisas, etc. de registro a través del sistema de informes comerciales de pagos transfronterizos de la institución de pago antes del 10 de octubre de cada mes. Según los datos, los clientes cuyos ingresos y pagos totales mensuales en divisas excedan el equivalente a 200.000 dólares estadounidenses y cuyo monto de transacción única exceda el. El equivalente a 50.000 dólares estadounidenses deberá presentar recibos de grandes cantidades y declaraciones de transacciones de pagos. Si se descubren transacciones anormales o de alto riesgo, deben informarse oportunamente al banco cooperativo y a la sucursal en el lugar de registro después de tomar las medidas correspondientes.
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