Asientos contables adicionales para tasas educativas
1. Cuando una empresa acumula recargos por educación:
Débito: impuestos y recargos - recargos por educación: impuestos por pagar - recargos por educación por pagar
2. paga el recargo por la tarifa de educación:
Débito: impuesto a pagar - recargo por la tarifa de educación a pagar, préstamo: depósito bancario
Impuesto sobre construcción urbana empresarial, Cómo registrar asientos contables para el recargo por la tarifa de educación<. /p>
Devengo:
Débito: impuestos y recargos
Crédito: impuestos a pagar - impuesto de construcción y mantenimiento urbano
Impuestos a pagar - recargo de educación
Impuestos a pagar - Recargo de educación local
Pago:
Débito: a pagar Impuestos y Tasas - Impuesto de Construcción y Mantenimiento Urbano
Impuestos y Tasas Recargo por educación a pagar
Impuestos y tasas Recargo por tasa de educación local a pagar
Préstamo: depósito bancario
En las nuevas normas contables, cómo realizar asientos para acumular impuesto de construcción urbana, recargo de educación y recargo de educación local:
1. No es necesario acumular el impuesto de timbre, se incluirá directamente en la cuenta "Gastos administrativos - impuesto de timbre".
Débito: gastos de gestión - impuesto de timbre
Débito: depósitos bancarios, etc.
2. Provisión para impuesto de construcción urbana, recargo de educación y recargo de educación local
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Débito: impuestos y recargos empresariales
Crédito: impuestos a pagar--impuesto de construcción urbana
Préstamo: impuestos a pagar--recargos a la educación p>
Débito: impuestos a pagar--recargo de educación local
3 Al pagar
Débito: impuestos a pagar--impuesto de construcción urbana
Préstamo: impuestos por pagar - recargo por educación
Débito: impuestos por pagar - recargo por educación local
Préstamo: depósitos bancarios, etc.
1, se cobran los recargos por tasas de educación por las autoridades tributarias locales dentro de sus respectivas jurisdicciones.
2. Si un pagador no paga el recargo de educación dentro del plazo prescrito y debe pagar multas y recargos por mora, estos serán estipulados por los gobiernos populares del condado y municipal.
3. El impuesto al valor agregado, el impuesto al consumo y el recargo por educación que cobran las aduanas sobre los productos importados no se cobran.
El recargo por educación lo recaudan, coordinan y organizan las autoridades fiscales. por el departamento de educación del mismo nivel. El departamento financiero supervisa y administra los fondos extrapresupuestarios utilizados especialmente para el desarrollo de la educación local. Todas las unidades y personas que pagan el impuesto al valor agregado y el impuesto al consumo son deudores de los recargos por las tasas de educación. Los recargos por educación empresarial deben incluirse en la materia "Impuestos y recargos" y pagarse a través de la materia "Impuestos por pagar". La fórmula de cálculo es: Recargos por educación por pagar = (impuesto al valor agregado efectivamente pagado + impuesto al consumo) × 3% (tasa cobrada). ).