Después de que un pensionado de la seguridad social es sentenciado, ¿puede continuar recibiendo su pensión mientras cumple su condena? ¿Hay algún documento relevante?
Los documentos relevantes son los siguientes:
1. Carta N° 1996286 del Ministerio de Personal sobre si los cuadros jubilados condenados a prisión de duración determinada y libertad condicional pueden ver aumentados sus beneficios de jubilación durante el período de prueba.
Los cuadros jubilados que hayan sido condenados a pena de prisión de duración determinada y no hayan sido privados de sus derechos políticos durante el período de prueba y continúen disfrutando de sus beneficios de jubilación originales de acuerdo con la normativa si el período de prueba es compatible con la normativa nacional. regulaciones, la tarifa de jubilación no aumentará. Sin embargo, al vencimiento del período de prueba. Puede aumentarse de acuerdo con las regulaciones más adelante, pero la diferencia en el período de prueba no se volverá a emitir. ?
2. "Respuesta sobre las prestaciones del seguro de pensiones para jubilados tras sentencia" N° 44 [2006 54 38 0] del Departamento de Trabajo y Asuntos Sociales.
Si un jubilado es condenado a prisión penal, pena de prisión o más, o es sometido a reeducación por el trabajo, la pensión básica será suspendida durante el período de prisión o reeducación por el trabajo. Después de cumplir una condena o reeducación por el trabajo, la pensión básica puede seguir pagándose de acuerdo con la norma antes de cumplir una pena o reeducación por el trabajo, y participar en futuros ajustes de la pensión básica. Si un jubilado fallece mientras cumple una condena o reeducación por el trabajo, el capital y los intereses pagados por el individuo en su cuenta personal pueden ser heredados, pero los familiares sobrevivientes no disfrutan del tratamiento correspondiente.
Los jubilados que hayan sido condenados a vigilancia pública, prisión de duración determinada o libertad condicional, o que hayan cumplido condenas fuera de prisión, podrán seguir recibiendo pensiones básicas, pero no participarán en el ajuste de las pensiones básicas. Mientras un jubilado sea buscado bajo sospecha de un delito o esté detenido sin condena, se suspenderá su pensión básica. Si el tribunal lo declara inocente, se volverá a emitir la orden de detención o la pensión básica durante la detención.
3. Carta relativa a la explicación complementaria al Departamento de Trabajo y Asuntos Sociales [2003] Carta No. 315 [2001] No. 44.
Durante el período de ejecución temporal fuera de prisión y libertad condicional después de cumplir la pena, los jubilados pueden seguir recibiendo la pensión básica según la norma antes de cumplir la pena, pero no participarán en el ajuste de la pensión básica. . Si se revoca la libertad condicional y ésta continúa cumpliendo, la pensión básica se suspenderá a partir del mes de la revocación; si expira la libertad condicional y se declara cumplida la sentencia original, la pensión básica se seguirá pagando según la norma anterior; la sentencia y la pensión básica se participarán en el próximo año.
Si una persona que participa en el seguro básico de pensión para empleados de una empresa es condenada a pena de prisión o reeducación por el trabajo, y alcanza la edad legal de jubilación durante la pena o reeducación por el trabajo, el Los trámites de jubilación se suspenderán hasta el cumplimiento de la pena o la reeducación por el trabajo.
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El artículo 16 de la "Ley de Seguro Social de la República Popular China" estipula que cuando una persona que participa en el seguro de pensión básico alcanza la edad legal de jubilación y ha pagado pagos acumulados cotizaciones durante quince años, reciben una pensión básica todos los meses.
La jubilación significa que, según la normativa nacional pertinente, los trabajadores abandonan su puesto de trabajo por vejez o por discapacidad debido al trabajo o enfermedad.
La edad legal de jubilación en mi país es: 60 años para los empleados varones, 55 años para las mujeres directivas y 50 años para las empleadas.
Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social-Aprobación de Beneficios del Seguro de Pensiones para Jubilados Sentenciados