¿Hay que aumentar la seguridad social antes de los 15 años?
Según la normativa pertinente, si se aumenta el número de empleados antes del día 15 de cada mes, la seguridad social entrará en vigor este mes; si se agrega después del día 15, entrará en vigor el mes siguiente. Además, la revisión tardará unos días después de agregar un nuevo miembro (no se realizan revisiones los fines de semana).
Los materiales requeridos para la nueva participación en el seguro (deben estar sellados con el sello oficial) son los siguientes: los residentes urbanos en esta ciudad deberán presentar copia de su cédula de identidad (los residentes urbanos en esta ciudad); Registro de hogar rural en esta ciudad, otras ciudades y pueblos, y otros. Quienes tengan registro de hogar urbano o rural deberán aportar copia de la primera página de la libreta de registro de hogar y de la página personal.