Red de conocimiento de divisas - Apertura de cuenta en divisas - El cajero entregó el dinero y le pidió a la otra parte que emitiera un recibo y lo firmara. Sin embargo, ¿es razonable y legal que el jefe le pida a la otra parte que selle su sello personal o su huella digital?

El cajero entregó el dinero y le pidió a la otra parte que emitiera un recibo y lo firmara. Sin embargo, ¿es razonable y legal que el jefe le pida a la otra parte que selle su sello personal o su huella digital?

Razonable y legal.

1. Siempre que el significado sea verdadero, el contenido sea legal y las partes tengan la correspondiente capacidad de conducta civil, entonces el pagaré es legal y está protegido por la ley.

2.

(1) La verdadera expresión de la intención se refleja en si ambas partes firman y si existe coacción u otros factores adversos.

(2) El contenido legal no viola la ley, por lo que es mejor que las deudas de juego no estén protegidas por la ley siempre que se cumplan los requisitos básicos para la validez del contrato, las partes ilegales; no entrará en vigor y sí lo harán las partes legales.

(3) La parte interesada tiene la capacidad civil correspondiente, que se refleja en si el estado mental de la parte es normal y si tiene la capacidad para firmar un contrato de préstamo. Por ejemplo, si la parte que firma el pagaré es menor de edad, es necesario determinar la validez del contrato y realizar acciones que lo hagan efectivo en el futuro para determinar si el contrato es efectivo.

3. Si en el futuro se produce una disputa, lo mejor es exponer y probar los hechos del préstamo, para que la probabilidad de ganar el pleito sea mayor.

4. (1) Es mejor indicar el período de amortización en el pagaré. El artículo 135 de los Principios Generales del Derecho Civil estipula que el plazo de prescripción para los litigios civiles generales es de dos años, y el plazo de prescripción se computa a partir del momento en que la persona sabe o debe saber que sus derechos han sido vulnerados. Es decir, el plazo de amortización está estipulado en el pagaré. Si el deudor no cumple plenamente con sus obligaciones de amortización después de la fecha de vencimiento, el plazo de prescripción se calculará a partir del día siguiente al vencimiento del plazo de amortización. no demanda por más de dos años, se perderá el derecho a ganar la demanda.

(2) Si no se pactara el plazo de devolución, el plazo de prescripción será de dos años a partir de la fecha en que se infrinjan los derechos. Es decir, el acreedor exige que el deudor cumpla la deuda, pero el deudor se niega a cumplirla o no la cumple. El plazo de prescripción comienza a partir de dos años. Si no se presenta una demanda durante más de dos años, se perderá el derecho a ganar la demanda.

Espero que te ayude.

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